La Fiscalía de Investigaciones Administrativas (FIA) es un organismo de la Provincia de La Pampa, creado por la Ley Nº 1830, cuyo titular tiene la misión -asignada por la Constitución Provincial (art.107)- de investigar las conductas administrativas de los funcionarios y agentes de la Administración Pública, de los entes descentralizados y autárquicos, y de las empresas y sociedades del Estado, controladas por éste o en las que tenga participación. Dicha misión es acorde a las previsiones de los artículos III de la Convención Interamericana contra la Corrupción    y 6 de la Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción.
 
 De acuerdo con las previsiones del artículo 6 de la Ley Nº 1830, el Fiscal General debe promover la investigación formal, legal y documentada de la conducta administrativa de los funcionarios y agentes, en ejercicio de sus funciones o en vinculación con las mismas, que puedan constituir una irregularidad o ilícito de conformidad con las leyes vigentes. 
En cuanto a las personas, la competencia de la FIA se extiende a los agentes y funcionarios públicos en las esferas de:
a) Los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, que no se encuentren sujetos a los procedimientos de Juicio Político o Tribunal de Enjuiciamiento;
b) Las entidades descentralizadas y autárquicas; y
c) Las empresas y sociedades propiedad del Estado Provincial, o controladas por éste, o aquéllas en las que tenga participación mayoritaria. 
En la FIA se instruyen los sumarios administrativos a los empleados públicos, los cuales concluyen con un dictamen dirigido al Jefe de la Jurisdicción a la que pertenezca el agente, quien dicta la resolución final, por poseer la potestad disciplinaria. 
En el marco de las investigaciones a agentes y/o funcionarios, si se sospecha de la presunta comisión de delitos, el Fiscal General es quien formula las denuncias penales correspondientes.

La FIA es la Autoridad de Aplicación de la  Ley de Declaraciones Juradas Nº1252 desde el 1 de enero del año 2013.
Con las modificaciones introducidas por la Ley 2592 a la Ley Nº1830,  se asignó a este organismo funciones de colaboración y proposición de medidas de prueba en las causas penales iniciadas por el mismo o de las que tenga conocimiento a partir de comunicaciones obligatorias realizadas por los funcionarios judiciales intervinientes. 

 

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     Santa Rosa, La Pampa - Argentina

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