Desde el 01 de enero de 2013, la FIA es la autoridad de aplicación de la Ley 1252 y sus modificatorias, "Declaraciones Juradas de Bienes de los Funcionarios y Agentes Públicos".

La recepción y control patrimonial de las Declaraciones Juradas se realiza en el ámbito del Área de Control Patrimonial de la Dirección General de Coordinación, en los términos del artículo 13 de la Ley 1252.-

El régimen de declaraciones juradas de bienes determina la obligación por parte de los Funcionarios y Agentes Públicos indicados en el Artículo 2º de la Ley 1252 y sus modificatorias, de declarar su situación patrimonial al asumir su cargo, anualmente y al cesar en su función. Se fundamenta en el principio de transparencia en la gestión pública y en el deber de rendición de cuentas de quienes desempeñan cargos públicos.-

Dotar a la gestión pública en su conjunto de mayores niveles de transparencia y promover la responsabilidad individual de aquellos que la llevan adelante, contribuye a mejorar la calidad institucional y fortalecer la confianza de la sociedad en los Funcionarios y Agentes Públicos.

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